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Audiencia Provincial, TSJ y Tribunal Supremo: cómo se organizan los tribunales en España

Publicado el 15 de octubre de 2026 · Matías Angeli

Audiencia Provincial, TSJ y Tribunal Supremo: cómo se organizan los tribunales en España

Un asunto judicial puede pasar por varios tribunales: empieza en el del partido judicial y, si se recurre, sube. Así se organiza la justicia en España después de la reforma de 2025.

1. Tribunal de instancia (partido judicial)

Es la puerta de entrada. Hay uno en cada partido judicial (432 sedes), dividido en secciones: civil, instrucción, familia, violencia sobre la mujer, penal, social, contencioso, mercantil, menores... Aquí se tramita y resuelve la gran mayoría de los asuntos. Te contamos qué hace cada sección en secciones del tribunal de instancia.

2. Audiencia Provincial (provincia)

Hay una en cada provincia, con sede en la capital y, en algunas provincias grandes, secciones desplazadas a otras ciudades. Sus funciones principales:

  • Resolver recursos de apelación contra las sentencias de las secciones civiles y penales.
  • Juzgar los delitos más graves (los castigados con más de cinco años de prisión) y los juicios con jurado.

En el directorio del CGPJ figuran 284 órganos de las Audiencias Provinciales entre secciones y presidencias. En la página de cada provincia de esta web tienes sus teléfonos.

3. Tribunal Superior de Justicia (comunidad autónoma)

Es el tribunal más alto de cada comunidad autónoma. Tiene tres salas:

  • Civil y Penal: asuntos de derecho civil propio de la comunidad (donde lo hay), algunos aforados y recursos penales concretos.
  • Contencioso-Administrativo: recursos contra actos de la comunidad autónoma y apelaciones de las secciones de lo contencioso.
  • Social: recursos de suplicación contra las sentencias de las secciones de lo social (despidos, prestaciones...).

4. Audiencia Nacional y Tribunal Central de Instancia

Tienen competencia en toda España para asuntos concretos: terrorismo, crimen organizado, grandes fraudes, delitos contra la Corona, algunos recursos contra la Administración del Estado... Con la reforma de 2025, los antiguos juzgados centrales se integraron en el Tribunal Central de Instancia, con sede en Madrid.

5. Tribunal Supremo

Es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo en materia de garantías constitucionales (que corresponde al Tribunal Constitucional, que no forma parte del Poder Judicial). Resuelve sobre todo recursos de casación, que sirven para fijar cómo se interpretan las leyes.

El recorrido típico de un asunto

AsuntoPrimera instanciaRecurso
Reclamación de una deudaSección CivilAudiencia Provincial
DespidoSección de lo SocialTSJ (Sala de lo Social)
Multa de un ayuntamientoSección de lo ContenciosoTSJ (Sala de lo Contencioso)
Delito leveSección de InstrucciónAudiencia Provincial
Delito con pena de hasta 5 añosSección de lo PenalAudiencia Provincial
Delito graveAudiencia ProvincialTSJ y, después, Tribunal Supremo

Es un esquema general: cada procedimiento tiene sus particularidades y conviene consultarlo con un profesional.

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Busca tu municipio en la portada para ver su partido judicial, o entra en tu provincia para ver la Audiencia Provincial y todos los partidos judiciales que la forman.

Preguntas frecuentes

¿Qué hace la Audiencia Provincial?

Resuelve los recursos contra las sentencias de las secciones civiles y penales de la provincia y juzga en primera instancia los delitos más graves. Hay una en cada provincia, con sede en la capital y, en algunas, secciones en otras ciudades.

¿Qué es el TSJ?

El Tribunal Superior de Justicia es el tribunal más alto de cada comunidad autónoma. Tiene salas de lo civil y penal, de lo contencioso-administrativo y de lo social.

¿Cuándo llega un caso al Tribunal Supremo?

Solo por recurso de casación y en los supuestos que prevé la ley, normalmente cuando hay que unificar la interpretación de una norma. La mayoría de los asuntos terminan antes.

¿Qué es el Tribunal Central de Instancia?

Es el nuevo órgano con sede en Madrid, creado con la reforma de 2025, que agrupa a los antiguos juzgados centrales (de instrucción, de lo penal, de lo contencioso-administrativo...) que dependían de la Audiencia Nacional.

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